11. TROFEOS
Se entregarán al finalizar la liga en acto único. El listado de trofeos se publicará en el TOA al menos
2 horas antes de la señal de Atención de la última prueba. La relación de trofeos de la Clasificación
general final de cada clase en la Liga, se hará en función del número de embarcaciones inscritas.
12.
ATRAQUES y RESTRICCIONES DE VARADA.
12.1
Los Clubes, ofrecen servicio de amarre gratuito a las embarcaciones participantes, desde el domingo
anterior a la prueba hasta el domingo posterior a la misma, excepto CDNPU, bajo las siguientes condiciones:
En todos los casos deberán haber realizado el pago de inscripción, indicando la reserva de amarre en
el formulario de inscripción, con indicación de la fecha de llegada y salida.
12.2
El Club organizador se reserva el derecho de amarrar las embarcaciones en los puestos de atraque que
considere oportuno y por riguroso orden de inscripción.
12.3
[NP][DP] Los barcos no podrán ser sacados a tierra durante los días de regata excepto con y de
acuerdo con las condiciones de una autorización previa del Comité de Regata.
12.4
En todo caso habrá que contactar con EL CLUB QUE ORGANICE LA PRUEBA para su gestión.
Cada club se reserva el derecho de asignar a las embarcaciones los puestos de atraque por riguroso orden
de inscripción, en función de su tamaño y calado.
13.
RESPONSABILIDAD
Todos los participantes en la regata lo hacen bajo su propio riesgo y responsabilidad.
El Comité Organizador o cualquier persona u organismo involucrado en la organización del evento, rechaza
responsabilidad alguna por perdidas, daños, lesiones o molestias que pudieran acaecer a personas o cosas,
tanto en tierra como en el mar, como consecuencia de la participación en las pruebas amparadas por este
anuncio de regatas.
Se llama la atención sobre la Regla Fundamental 4, DECISION DE REGATEAR, de la Parte 1ª del RRV, que
establece:
“Es de la exclusiva responsabilidad de un barco decidir si participa en una prueba o continúa en regata”.
14.
REGLAMENTACIONES LOCALES DE MARINA
El Real Decreto 62/2008 dispone de las condiciones de seguridad marítima, navegación y de la vida humana
en el mar aplicables a las pruebas náutico deportivas.
Se advierte a los participantes, antes del inicio de las pruebas, que las embarcaciones sólo podrán participar
si están reglamentariamente despachadas para navegar por las aguas por las que transcurrirá la prueba, y si
sus patrones cuentan con la titulación suficiente para su gobierno.
Los participantes deben declarar, con una adecuada antelación al inicio de la prueba, de los seguros
suscritos, en su caso, con inclusión de los riesgos cubiertos y los límites de responsabilidad de acuerdo con el
Anuncio de Regata, estando cubiertos para la participación en pruebas náutico-deportivas.