
                                                                         
 
 
 
 
 
17  PUNTUACIÓN, COMPENSACION Y CLASIFICACIONES. 
Sistema de Puntuación: 
17.1  Se aplicará el Apéndice A y el Sistema de Puntuación Baja descrito en la regla  A4 del RRV. 
17.2 La puntuación total de cada barco será la puntuación obtenida en la única prueba celebrada. No 
habrá descartes. 
17.3 La prueba tiene coeficiente 1. 
17.3.1 Se  usará  la  abreviatura  DPG  para  indicar  las  penalizaciones  decididas  discrecionalmente  por  el      
Comité de Protestas. 
Sistema de Clasificación: 
17.4 Las  clasificaciones  se  establecerán  usando  la  Regla  204  del  RTC.  La  elección  del  sistema  de 
compensación será discreción del Oficial de Regatas y no será motivo para solicitar una reparación 
(modifica la Regla 62.1 (a) del RRV) 17.6. 
17.5  Se hará una clasificación general. 
 
18   REGLAS DE SEGURIDAD 
 
18.1  Los  barcos  que  por  cualquier  razón  lleguen  a  un  punto  en  tierra  distinto  del  R.C.M.T.  de  Punta 
Umbría deberán informar inmediatamente a: 
 
654306395. O por radio Canal 73 VHF 
653799866. O por radio Canal 73 VHF 
 
18.2  Los barcos que no abandonen el puerto para las pruebas del día, o que no salgan o que se retiren 
de una prueba lo informarán al Comité de Regatas lo antes posible. Si están en el agua, lo harán 
por teléfono móvil principalmente o por radio en el canal establecido.  
18.3  Los barcos regresarán a sus plazas o fondeos asignados, el barco que no desee fondear y prefiera 
regresar  a  su  puerto  base  lo  comunicará  al  Comité  de  Regatas  por  los  medios  descritos 
anteriormente. 
18.4  Para facilitar las operaciones de búsqueda y rescate, todo barco que pida ayuda está obligado a 
informar su posición y los detalles externos identificativos.  
 
18.5   La  Regla  40  del  RRV,  “DISPOSITIVOS PERSONALES  DE  FLOTACIÓN”  SERÁ  DE  APLICACIÓN  en  todo 
momento mientras se halle a flote y para todos los miembros de  la tripulación, sin necesidad de 
hacer ninguna señal. Esto modifica el preámbulo de la Parte 4ª del RRV. 
 
19  NUMEROS DE VELA E IDENTIFICACION DE BARCOS 
 
19.1  Los  barcos  se  inscribirán  y  usarán  el  número  de  vela  registrado  en  su  Certificado  Válido  de 
Medición, excepto previa autorización escrita del Comité de Regatas. 
19.2  A los barcos que incumplan esta instrucción de regata se les podrá aplicar la regla G4 del RRV. 
 
20  SUSTITUCION DE PARTICIPANTES 
 
20.1  No se permite la sustitución de tripulantes salvo previa autorización del Oficial Principal de Regatas. 
20.2  Las solicitudes de sustitución se harán a través de la Oficina de Regata antes de las 12:00 horas del 
día  en  que  se  celebre  la  prueba,  pero  en  caso  de  emergencia,  puede  concederse 
retrospectivamente después de aquella hora. 
 
21  CANALES DE TRABAJO 
 
21.1  El  Comité  de  Regata  utilizará  el  canal  73  VHF  para  sus  comunicaciones  a  los  participantes.  30